La CNMC analiza la propuesta del COGITI para el acceso parcial a la profesión de ingeniero técnico industrial, destacando que debe basarse en competencias. Recomienda que la regulación no dependa exclusivamente del colegio profesional y sugiere revisar el nuevo código deontológico para evitar restricciones innecesarias.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha llevado a cabo un análisis sobre la propuesta de acceso parcial a la profesión de ingeniero técnico industrial, así como del nuevo Código Deontológico para estos profesionales, que fue elaborada por el Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales (COGITI). Es importante destacar que esta profesión está regulada y requiere poseer un título universitario para su ejercicio. Desde la reforma universitaria de Bolonia, se han creado diversas titulaciones en ingeniería dentro del ámbito industrial que no permiten acceder a esta profesión.
Para abordar esta problemática, el COGITI propone establecer una figura que permita el acceso parcial a la profesión. Esta iniciativa facilitaría que ciertos graduados universitarios, cuyas titulaciones sean reconocidas como ingenierías y que demuestren las competencias necesarias para realizar actividades profesionales específicas, puedan ejercer de manera limitada. Además, la CNMC ha revisado el proyecto del nuevo código deontológico del COGITI, siguiendo el procedimiento estipulado en el Real Decreto 472/2021, que establece un test de proporcionalidad obligatorio antes de aprobar nuevas normativas relacionadas con profesiones reguladas.
Recomendaciones de la CNMC:
- La propuesta para el acceso parcial a la profesión es valorada positivamente por la CNMC, ya que adopta un enfoque basado en las competencias y conocimientos, en lugar de exigir titulaciones específicas.
- Acepta que todos los profesionales que demuestren la capacitación necesaria puedan tener acceso parcial, sin importar su titulación concreta.
- No obstante, considera inapropiado que tanto la definición de las actividades profesionales permitidas como la identificación de los perfiles técnicos habilitados queden bajo la autoridad del colegio profesional; estas responsabilidades deberían recaer en las autoridades reguladoras pertinentes, principalmente los departamentos ministeriales competentes.
- Se recomienda replantear la obligatoriedad de colegiación para acceder parcialmente y ajustar el lugar de colegiación (que debería ser voluntaria) a lo establecido en la Ley de Colegios Profesionales, utilizando como criterio el domicilio profesional principal o único en lugar del fiscal.
- Deben permitirse acreditar las competencias requeridas para el acceso parcial mediante créditos ECTS obtenidos en cualquier titulación o universidad.
- Es necesario aclarar qué requisitos debe cumplir un plan de estudios para que una titulación de Grado sea considerada como “ingeniería”.
- También se sugiere revisar la obligación de superar un curso profesional para acceder parcialmente a la profesión.
- Especificar cuáles actividades profesionales requieren obligatoriamente contratar un seguro de responsabilidad civil y cuál debe ser su cobertura mínima.
Código Deontológico
Respecto al nuevo código deontológico propuesto, la CNMC aconseja revisar aquellas disposiciones que pudieran resultar restrictivas o limitar la competencia entre profesionales sin una justificación clara desde el interés general. Asimismo, propone incluir herramientas para monitorear el cumplimiento del principio de proporcionalidad y evitar prohibiciones o obligaciones innecesarias que no estén ya contempladas en normas legales existentes.
La CNMC, conforme al artículo 5.1.h de la Ley 3/2013, puede actuar por iniciativa propia o a solicitud de diversas entidades como las Cámaras Legislativas, el Gobierno, los departamentos ministeriales, las Comunidades Autónomas, las Corporaciones locales, los Colegios Profesionales, las Cámaras de Comercio y organizaciones empresariales y consumidores (según su artículo 5.2). Las propuestas relacionadas con códigos deontológicos deben seguir el procedimiento establecido en el RD 472/2021, que incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2018/956 referente al test de proporcionalidad antes de implementar nuevas regulaciones sobre profesiones; esto implica también elaborar un informe por parte de la CNMC.